Información sobre el cumplimiento de la Ley Orgánica de  Protección de Datos

Qué es la LOPD

La protección de datos es un derecho fundamental reconocido por la Constitución y regulado por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), así como por el Reglamento de Desarrollo de la misma, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre (RDLOPD).

El fin último de estas normativas es impedir el uso no autorizado por parte de terceros de datos personales de cualquier ciudadano para fines o en forma que pueda afectar a su privacidad, intimidad o entorno personal, social, familiar, profesional, etc.

A quién afecta esta Ley:

Cualquier entidad de carácter público o privado está obligada a cumplir toda la normativa en vigor relativa a protección de información personal amparada por la LOPD. La protección de los datos de las personas es un derecho fundamental que la Ley tiene por misión garantizar.

Las Administraciones Públicas, en el ejercicio de su actividad, están plenamente sometidas al cumplimiento de la normativa.

En el caso de entidades mercantiles, desde trabajadores autónomos hasta grandes corporaciones o grupos, sea cual sea la personalidad jurídica que adopten, todas ellas recaban en la práctica datos de carácter personal que suelen incorporar en ficheros, ya sean éstos en papel o informatizados. Por ello están sujetas a la Ley en la medida en que traten datos de carácter personal sobre personas físicas cualesquiera (clientes, proveedores, empleados), a fin de salvaguardar el derecho a la propia intimidad de las personas.

Cómo saber si cumplo la LOPD

Entre las principales obligaciones administrativas derivadas de la LOPD, sin que el siguiente listado sea una relación completa sino meramente informativa, es necesario señalar las siguientes:

  • Recabar de los interesados o afectados el consentimiento previo
  • Declarar e inscribir los ficheros de datos personales en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos
  • Implantación de medidas que salvaguarden la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos
  • Redactar un Documento de Seguridad
  • Suscribir un contrato de comunicación de datos con toda aquella empresa o profesional a la que se le comuniquen datos personales.
  • Implantación de mecanismos para asegurar el ejercicio efectivo de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición)
  • Adecuar todas las comunicaciones corporativas en general a la normativa
  • Realizar auditorías periódicas para la verificación de las medidas de seguridad
  • Establecer procedimientos que permitan a la empresa acreditar de manera fehaciente el cumplimiento adecuado de la legislación aplicable en cada caso

Riesgos de incumplimiento y sanciones 

El incumplimiento de la ley de Protección de Datos en cualquiera de sus aspectos puede conllevar importantes consecuencias:

  • Vulneración de los derechos de clientes, empleados y proveedores, con los riesgos legales consiguientes
  • Degradación de la imagen de la compañía ante la sociedad y entre los usuarios que vean vulnerados sus derechos
  • Riesgo de sanciones
      • Infracciones leves (por ejemplo: no solicitud de inscripción de ficheros) pueden variar entre los 601€ y los 60.101 euros.
      • Infracciones graves (creación de ficheros no necesarios para la empresa, no remitir las preceptivas notificaciones o no respetar plazos, o no atención de requerimientos) se penalizan con multas entre 60.101€ y 300.506€
      • Infracción muy gravesancionada con hasta 601.012€, el incumplimiento sistemático de obligaciones de creación y notificación de ficheros.
Legislación de LOPD
  • Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre. Protección de Datos de Carácter Personal
  • Real Decreto 994/1999 de 11 de Junio. Se aprueba el Reglamente de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal
  • RD 1720/2007 por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal
  • Ley 8/2001 de la Comunidad de Madrid.
  • Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.
  • Instrucción 1/2007 de 16 de mayo, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales a través de sistemas de cámaras o videocámaras en el ámbito de los órganos y Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid.
¿Qué incluye nuestro servicio de implantación a la LOPD en la empresa? 

La implantación de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS ONLINE incluye:

1. Informe de situación y Auditoría Previa On_Line.

2. Inscripción de Ficheros (ilimitado). Seguimiento de la inscripción

3. Documento de Seguridad en formato PDF.

4. Formularios, Contratos y Cláusulas Legales en formato PDF.

5. Política de Protección de Datos y LSSI a incluir en su Web, Mail…

6. Glosario con los términos más utilizados. Asesoramiento Jurídico.

7. Sin límite de Trabajadores con acceso a datos, equipos informáticos..

8.Todos los Niveles de Seguridad (Básico, Medio y Alto).

9. Finalizado el proceso de Adaptación a la LOPD podrán continuar  realizando SUS CONSULTAS SIN COSTE AÑADIDO.

 

OPCIONAL: Contratación de la AUDITORÍA BIANUAL

Toda la Documentación se entrega Personalizada a  Nombre del Responsable del Fichero.

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